CONVENIO VIGENTE IOMA-AFALP MÓDULO IV – DISCAPACIDAD

31/07/2018 19:11
MODULO IV - Discapacidad
CONVENIO VIGENTE IOMA-AFALP  MÓDULO IV – DISCAPACIDAD 

A partir del mes de noviembre de 2008 se ha ampliado la cobertura de IOMA.
Se ha firmado la ampliación del convenio vigente IOMA – AFALP, reconociéndose la implementación del Módulo IV – Discapacidad.

Submódulo A:

 

Patologías y prácticas que agrupa:

·  Evaluación de percepción del habla y lenguaje, así como también evaluación de la percepción del sonido en bebes, niños y adultos, con diagnóstico de Hipoacusia Neurosensorial leve, moderada, severa y profunda, equipados con Implante Coclear, otoamplífonos y/o bebes, niños y adultos sin equipamiento de ayuda auditiva.

·   Rehabilitación de trastorno del lenguaje por patología auditiva de tipo Hipoacusia Neurosensorial leve, moderada, severa y profunda, en niños y adultos.

·   Rehabilitación auditiva en bebes, niños y adultos, con diagnóstico de Hipoacusia Neurosensorial leve, moderada, severa y profunda, equipados con Implante Coclear.

·   Rehabilitación auditiva en bebes, niños y adultos, con diagnóstico de Hipoacusia Neurosensorial leve, moderada, severa y profunda, equipados con otoamplífonos.

·   Habilitación auditiva en bebes, niños y adultos, con diagnóstico de Hipoacusia Neurosensorial leve, moderada, severa y profunda, equipados con Implante Coclear y/u otoamplífonos.

·   Estimulación auditiva en bebes, niños y adultos, con diagnóstico de Hipoacusia Neurosensorial leve, moderada, severa y profunda, equipados con Implante Coclear y/u otoamplífonos.

·   Terapia Auditiva Verbal.

 

Submódulo B:

 

Patologías que agrupa:

·  Síndromes genéticos con déficit asociados.

·  Trastorno Generalizado del Desarrollo y patologías del espectro autístico.

·  Patologías Neuromotoras.

·  Discapacidad visual con déficit agregados.

·   Retraso Global del Desarrollo (trastornos de lenguaje, trastornos de atención, trastornos de memoria, trastornos perceptuales, trastornos cognitivos). Edad tope de diagnóstico: hasta los 5 años.

 

Valor del módulo total a cargo de IOMA: $742

Bono: sin cargo. El bono a utilizar se debe solicitar aparte.

Valor de la sesión: $61,83

Edad mínima: Sin rango de edad mínima.

Duración del tratamiento: según requerimiento de la patología. Renovable según presentación de Historia Clínica.

 

DINÁMICA DE TRABAJO: SUBMÓDULO A Y B

Sesiones individuales: se deberá atender al afiliado en sesiones individuales con una duración mínima de 40 (cuarenta) minutos cada uno.

- Período autorizable: hasta 12 (doce) sesiones mensuales.

 

NORMAS DE TRABAJO:

La profesional, cada vez que facture, deberá presentar, sin excepción, una fotocopia del Certificado de Discapacidad  del afiliado (permanente o transitorio). De no ser así, la práctica no podrá ser facturada a través del Módulo IV, submódulos A o B.

 

RECORDAR:

·  Este módulo es ampliación del convenio vigente.

· Se solicitará, al momento de brindar la prestación, la documentación que acredite al paciente como afiliado a la Obra Social , como lo establecido en convenio vigente: carnet, DNI, último recibo de haberes para afiliados obligatorios, recibo del último mes de pago de cuota para el afiliado voluntario.

·   El tratamiento a otorgar, debe ser autorizado previamente por AFALP, en forma mensual.

·   De acuerdo a este módulo prestacional se reconocerán hasta 12 (doce) sesiones mensuales que se harán en forma continua o discontinua.

·   Duración de la sesión: dependerá del umbral de fatigabilidad del paciente, estableciéndose un mínimo de 40 (cuarenta) minutos y en atención individual.

·   No se reconocerán:

 

1.   Sesiones realizadas con anterioridad a la fecha de extendida la orden médica.

2.   Ordenes sin diagnóstico y sin indicar cantidad de sesiones.

3.   Ordenes extendidas en papel carbónico o fotocopia, que presenten tachaduras, enmiendas o agregados.

4.   Ordenes que hayan superado los 30 (treinta) días de su emisión.

5.   Servicios que no hayan sido efectivamente realizados en forma directa y personal por el prestador.

6.  Más de una sesión otorgada el mismo día.

7.   La extensión de la sesión no la convertirá en doble.

·  Las prácticas serán facturadas a mes vencido.
·   Para las prácticas de este módulo el afiliado no paga bono, la totalidad está reconocida por IOMA. Las prestaciones serán cobradas a los valores que reconoce el convenio, no pudiendo existir cobros de ninguna naturaleza al afiliado y debiéndose respetar las normas del convenio.