Normas de facturación - Pacientes de discapacidad

31/07/2018 16:32

Transmitimos a los prestadores las normas de presentación que la obra social del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales puntualizó:

Los tratamientos en Discapacidad se autorizan de forma semestral; el afiliado deberá presentar la solicitud de autorización a la obra social, según normas que allí le detallarán; una vez cumplimentados los requisitos, la obra social emite un expediente que tiene validez por el semestre solicitado.

Una vez autorizado, el fonoaudiólogo deberá realizar la facturación mensualmente, enviando factura (con triplicado), planilla de asistencia, y planilla de resumen mensual. Los aranceles son los dispuestos por resolución de Superintendencia de Servicios de Salud (actualmente 1876/2013: $ 172,98).